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El Supremo condena a una asociación por cannabis de un delito contra la salud pública
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cinco personas en la provincia de vizcaya

El Supremo condena a una asociación por cannabis de un delito contra la salud pública

Los magistrados han querido diferenciar lo que es el consumo entre un grupo de amigos que en una asociación, con vocación de permanencia y una estabilidad

Foto: Imagen de una planta de Cannabis. (Reuters)
Imagen de una planta de Cannabis. (Reuters)

El Tribunal Supremo acaba de establecer en pleno que el consumo de marihuana en una asociación a favor de cannabis debe ser condenada por un delito contra la salud pública. La Sala de lo Penal del alto tribunal acaba de estimar un recurso de la Fiscalía en contra de la decisión de la Audiencia Provincial de Vizcaya de absolver a cinco miembros de la asociación de estudios y usuarios del cáñamo Ebers.

En la sentencia que se redactará en los próximos días, el tribunal fijará distintas condenas para estos cinco, dependiendo de las distintas responsabilidades dentro de la asociación. Con esta deción, el Pleno anuncia que va a revisar su doctrina sobre el autoconsumo del cannabis para concretar más lo que se trata de un consumo personal.

Los magistrados han querido diferenciar lo que es el consumo entre un grupo de amigos que en una asociación, con vocación de permanencia y una estabilidad. Por ahora quedan varios recursos similares por redsolver y, por tanto, todavía no puede decirse que se establece una doctrina al respecto.

El Pleno ha revocado la decisión de la Audiencia Provincial, que había estimado que los hechos carecían de relevancia penal al estar comprendidos en la doctrina del autoconsumo compartido proclamada tiempo atrás por el Tribuna Supremo. Una tesis que ha sido rechazada por el pleno al estimar que la estructura y funcionamiento de esas asociaciones desborda la filosofía que late en aquella doctrina.

Aún así, los magistrados de lo Penal excluyen las figuras de asociación ilícita o grupo criminal de las que también se les había acusado por parte de la Fiscalía. Segúyn fuentes jurídicas, la existencia de un debate jurídico -que ahora queda zanjado- sobre el carácter penal de estas asociaciones ha permitido en el caso concreto una atenuación de la pena. La sentencia fijará a partir de los puntos que han sido debatidos, una actualización de la doctrina del autoconsumo compartido.

El Tribunal Supremo acaba de establecer en pleno que el consumo de marihuana en una asociación a favor de cannabis debe ser condenada por un delito contra la salud pública. La Sala de lo Penal del alto tribunal acaba de estimar un recurso de la Fiscalía en contra de la decisión de la Audiencia Provincial de Vizcaya de absolver a cinco miembros de la asociación de estudios y usuarios del cáñamo Ebers.

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