Honduras

Panorama de las leyes de drogas y tendencias legislativas en Honduras

Tendencias

En los últimos años Honduras se ha convertido en el país que tiene los mayores índices de violencia a nivel mundial, con una tasa en 2012 de 92 homicidios por cada 100.000 habitantes, según datos de la Oficina de la Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito (ONUDD). El crimen organizado y su relación con el tráfico de drogas es posiblemente una de las causas de este incremento de la violencia. Las bandas de traficantes de drogas utilizan el país como vía de tránsito con destino a los Estados Unidos. La violencia está relacionada con los conflictos entre las bandas en su lucha por el territorio, la extorsión, el lavado de dinero, etc. Durante 2012 se produjeron diversas iniciativas legales para disminuir el tráfico de drogas y mejorar la transparencia y eficacia de los entes judiciales y fuerzas de seguridad.

Ley

La ley vigente es el decreto número 136/89 promulgado el 23 de noviembre de 1989. Esta ley especial se denomina “Ley de uso indebido y tráfico ilícito de drogas y sustancias psicotrópicas” y ha sido modificada por el decreto 86/93. El objetivo de esta ley es controlar, prevenir, combatir y sancionar la producción, el tráfico, tenencia y consumo ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas.


Ley de drogas y tendencias legislativas en Honduras

Según el decreto 126/89 se sanciona el cultivo y la producción, el tráfico y transporte así como el consumo ilícito y la posesión de drogas. El artículo 7 prohíbe la producción, siembra o cultivo y recolección de plantas o semillas que contengan principios que puedan considerarse estupefacientes o sustancias controladas. Este artículo da algunos ejemplos como la amapola o el peyote, conocido este último por sus efectos alucinógenos.

La diferencia en las penas es en general bastante alta, de un mínimo de 3 años a un máximo de 20 años de reclusión, en el caso del delito de tráfico de drogas. En el caso de posesión para el consumo (artículo 26), en la primera incautación la ley dice que se someterá al aprehendido a internamiento en un centro de rehabilitación hasta un máximo de 30 días con la correspondiente multa de 500-1000 lempiras. Si se trata de una segunda incautación, el internamiento iría de 30 a 90 días y multa de 1000 a 5000 lempiras. Y si se produjese una tercera vez se pasaría al internamiento hasta su resocialización.

Hay que subrayar que en el caso de que se tratase de una persona dependiente (tal como lo dice la norma), aun tratándose de la primera vez, se dará orden de ingreso en un centro de rehabilitación. Sin embargo en la práctica jurídica esto no ocurre así. Puesto que no existen centros de rehabilitación dependientes del Estado estas medidas de internamiento y resocialización no pueden llevarse a cabo. Lo que ocurre es que una vez iniciado un proceso judicial por supuesta tenencia o tráfico, si la cantidad incautada es considerada mínima teniendo en cuenta el dictamen del laboratorio criminalístico, el juez lo entenderá como consumo personal inmediato y dejará en libertad al sujeto.

El artículo 27 contempla además la expulsión del país de ciudadanos extranjeros cuando se hallen en posesión de drogas aún en el caso de que la cantidad que posean sea para consumo propio. En cuanto a la cantidad estimada para consumo personal inmediato, al igual que otros países de la región, esta decisión se deja en manos del juez quién teniendo en cuenta las circunstancias del hecho y la cantidad incautada determinará si se trata de tráfico de estupefacientes o de consumo propio.

En cuanto al tema de la extradición, tanto la constitución (art 102) como el código penal (artículo 10) prohibían que se extraditase ciudadanos hondureños que hayan delinquido en el extranjero pero se hallen en territorio nacional. A partir de 2012 la Corte Suprema aprobó la modificación del artículo 102 de la constitución, para que se pueda llevar a cabo la extradición de nacionales en tres casos concretos: narcotráfico, terrorismo y crimen organizado. Hay que recordar que desde 1927 existía un tratado de extradición entre EEUU y Honduras, pero este sólo permitía la extradición activa de ciudadanos estadounidenses que se encontrasen en territorio hondureño. Semanas después de producirse la reforma, EEUU solicitó la extradición del supuesto narcotraficante Carlos Arnoldo Lobo siendo el primero de una larga lista de solicitudes que el país del norte tiene pensado solicitar.

Finalmente se contempla en el artículo 39 un organismo llamado Instituto hondureño para la prevención del alcoholismo, drogadicción y farmacodependencia (IHADFA) cuya función es la de implementar y coordinar programas gubernamentales y actividades públicas tendientes a la investigación, prevención, tratamiento y rehabilitación física y social de los consumidores de sustancias controladas.

Impacto de la legislación en la situación carcelaria

Conforme a los datos recogidos por el Centre for Prison Studies International (PRI), en el año 2011 la población carcelaria total ascendía a 12.336 presos, de los cuales el 50,1% permanecía en situación preventiva, es decir sin condena. La capacidad oficial de las prisiones hondureñas es de 8.625 plazas, de esta manera, se observa una vez más el patrón de sobrepoblación carcelaria que se repite prácticamente en todos los países latinoamericanos. Cabe destacar que según un estudio llevado a cabo por el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la prevención del delito y tratamiento del delincuente, ILANUD, en 1996, de un total de 9.453 presos 789 estaban en la cárcel por comisión de delitos de tráfico o posesión de sustancias estupefacientes. Datos recogidos en 2004 por la Dirección General de Servicios Preventivos (DGSEP) indican que la mayoría de los reos han sido encarcelados por delitos de tráfico de estupefacientes y delitos contra la propiedad, implicando un incremento considerable.

Legislación y reforma

Propuestas y reformas a los entes judiciales y fuerzas de seguridad

Junio 2012 – Honduras creó una Comisión de Reforma a la Seguridad Pública cuya finalidad es obtener un sistema judicial transparente y efectivo. La comisión presentó un proyecto de reforma para la ley del Ministerio Público, el Consejo de Judicatura, así como un proyecto de ley orgánica en materia de seguridad y fuerzas del Estado. Actualmente la policía nacional hondureña es conocida por su poca efectividad, y por los numerosos casos de corrupción por bandas de narcotraficantes que buscan pasar su mercancía a través del territorio nacional.

Noviembre 2012, nueva propuesta de ley sobre drogas. La comisión interinstitucional ha entregado al presidente Porfirio Lobo un nuevo proyecto de ley que pretende substituir la ya obsoleta Ley de drogas de 1989. Principalmente en esta iniciativa se recoge un capítulo especial dedicado al posible derribo de naves aéreas que transporten drogas e invadan el espacio aéreo hondureño. Según varias fuentes, más de 70 por ciento de las avionetas que trafican cocaína desde la región andina hacia el mercado norteamericano pasa por el territorio hondureño. El protocolo a seguir es bastante riguroso: una vez que es interceptada una nave 'hostil' las fuerzas aéreas hondureñas deberán acudir a su paso y comunicarse con los pilotos para ordenar su descenso a tierra. Si la nave no actuase de manera conforme se realizarán disparos de advertencia primeramente y luego se procedería al derribo de la aeronave, todo ello siempre y cuando la autoridad superior competente lo autorice.

Honduras en el debate internacional sobre políticas de drogas

Durante el año 2012 la polémica iniciada por el presidente Pérez Molina (Guatemala) sobre la despenalización de las drogas en la región centroamericana ha sido objeto a tratar en varias cumbres y reuniones entre los mandatarios del continente americano.

El presidente hondureño, junto con los presidentes de El Salvador y Nicaragua, ha mostrado su rechazo total mediante un comunicado conjunto por no considerar que esta alternativa vaya a resolver los problemas del narcotráfico. A pesar de no respaldar esta iniciativa, el presidente Lobo ha afirmado que es necesario que se tomen responsabilidades conjuntas pero diferenciadas. Para actuar contra el mercado de la droga es necesario que cada país se responsabilice de la parte que le corresponde. La responsabilidad para controlar la producción corresponde a países productores como Colombia; el control del tráfico corresponde a los países que sirven de vía de paso de los cargamentos debido a su situación geográfica (Guatemala u Honduras); y países como EE.UU. deben responsabilizarse por controlar el consumo. Estados Unidos en particular es uno de los países de mayor demanda de drogas, siendo además el principal receptor de la inmensa mayoría de sustancias transportadas desde América Latina.

En su discurso en la 67 Asamblea General de la ONU en septiembre de 2012, el mandatario hondureño, Porfirio Lobo, recalcó que Honduras no es un país consumidor ni productor sino que son los cárteles quienes utilizan el territorio como vía de tránsito, dejando a su paso un número cuantioso de víctimas y que por lo tanto se trata más bien de una cuestión internacional.