Una nueva era para los clubes cannábicos en España

Los pequeños clubes de carácter horizontal y participativo, precisamente los que más se aproximan a la idea original del club cannábico, van a poder seguir adelante
Martín Barriuso
Viernes, 13 de enero, 2017

spain court cannabisTras las sentencias contra clubes cannábicos del Tribunal Supremo en 2015, los tribunales ordinarios han comenzado a interpretarlas. Los grandes clubes que conocimos en España, sobre todo en Barcelona, parecen tener las horas contadas. Pero cada vez hay más jueces que entienden que los clubes pequeños encajan en la Ley. Se abre una nueva era.

En España, dos sentencias del Tribunal Supremo en el mismo sentido establecen jurisprudencia y todos los tribunales inferiores deben aplicar esa doctrina. En el caso de los clubes cannábicos, 2015 se cerró no con dos, sino con tres condenas por parte del Supremo. 2016 ha sido el año en que esas sentencias se han interpretado y matizado. Y todo indica que, si bien los clubes con cientos o miles de socios no tienen cabida en el nuevo marco legal, este fenómeno asociativo no va a desaparecer de momento.

El primer gran golpe contra los clubes cannábicos en España lo dio el Tribunal Supremo el 7 de septiembre de 2015. Los miembros de la junta directiva de la asociación Ebers de Bilbao fueron condenados a ocho meses de cárcel (que no deberán cumplir al ser su primera condena) y a multas de 5.000 euros cada uno, y otros dos socios colaboradores a tres meses de prisión cada uno. El tribunal tuvo en cuenta la ambigüedad de las leyes españolas sobre cannabis, y entendió que los acusados podían haber tenido dudas sobre la legalidad de lo que estaban haciendo, lo que evitó que la condena fuera mayor y les salvó de la cárcel. Era el primer aviso: “el cultivo y distribución organizada, institucionalizada y con vocación de persistencia en el tiempo de cannabis entre un colectivo integrado por 290 personas componentes de una Asociación y abierto a nuevas incorporaciones” es un delito de tráfico de drogas.

El segundo golpe, el que sentó jurisprudencia, llegó en diciembre, al ser condenada la directiva de la asociación Three Monkeys de Barcelona a la misma pena de ocho meses de cárcel, pero sin multas, al no haberse establecido claramente la cantidad de cannabis. Y antes de acabar el año llegó el golpe más fuerte: La condena a Pannagh, donde dos miembros de la directiva, incluido yo mismo, fuimos condenados a un año y ocho meses de cárcel (que tampoco tendremos que cumplir) y a 250.000 euros de multa cada uno. Actualmente, las tres condenas están recurridas ante el Tribunal Constitucional, habiendo sido admitidas a trámite las dos primeras, las de Ebers y Three Monkeys. Por lo tanto, el Tribunal Constitucional ya ha decidido pronunciarse sobre la cuestión de los clubes, aunque probablemente habrá que esperar otro par de años para conocer su decisión.

Con estas sentencias, el Supremo dejaba clara su voluntad de acabar con el fenómeno de los Clubes Sociales de Cannabis en España. Aunque en el caso Ebers cinco de los quince miembros de la Sala emitieron votos particulares, defendiendo la absolución en vez de la condena, al hacerlo dejaban claro que, en todo caso, los clubes como Ebers no deberían ser legales. El mensaje, sobre todo tras el caso Pannagh, era claro: Tras las tres sentencias ya no se puede alegar un vacío legal, así que los siguientes que se atrevan a organizar un club cannábico de ese tamaño y características irán a la cárcel y pagarán multas astronómicas.

Adaptándose a los tiempos duros

Después de aquellas sentencias, hubo un cataclismo. Algunas asociaciones, atemorizadas por la nueva situación, cerraron sus puertas, en algunos casos de forma definitiva. Y otras muchas fueron intervenidas por la policía, con detenciones, incautaciones y cierre de locales.

Sin embargo, no todas las asociaciones optaron por cerrar o fueron intervenidas. Muchos clubes comenzaron a debatir cómo adaptarse a la nueva realidad. Consultaron a sus abogados y organizaron asambleas de socios para ver cómo seguir adelante. Al fin y al cabo, las sentencias del Supremo negaban la posibilidad de clubes con cientos de miembros pero, a la vez, aceptaban que el llamado “cultivo compartido” puede quedar fuera del ámbito penal, algo que nunca antes había sido reconocido explícitamente.

Algunas asociaciones optaron por dividirse en grupos más pequeños y funcionar de manera aún más horizontal, haciendo que el cultivo del club fuera realmente compartido. Otras actualizaron sus listados de miembros para quedarse solo con los de verdad. Hasta entonces, la tendencia era intentar tener muchos socios para justificar el cultivo, ahora se trata de tener pocos y de que estén bien informados de lo que pasa, para evitar en lo posible una condena en vía penal. Otra medida habitual ha sido cerrar el cupo de socios y no permitir nuevas incorporaciones, a no ser que haya alguna baja. También el establecimiento de turnos entre todas las personas socias para cuidar el cultivo y evitar que algunos miembros sean considerados traficantes que abastecen a los demás.

Sin embargo, no todas las asociaciones han elegido este camino. Hay bastantes, como la mayoría de miembros de la federación CATFAC (sección catalana de la FAC), que se resisten a adaptarse y llaman abiertamente a desobedecer unas sentencias que consideran injustas. Para estas asociaciones, sus Códigos de Buenas Prácticas, aceptados en algunos casos por las instituciones, siguen siendo una referencia válida. El debate está aún abierto y la FAC tendrá una asamblea general en enero para decidir la estrategia a seguir.

El Tribunal Supremo ya no quiere condenar

Al mismo tiempo que las asociaciones trataban de adaptarse a la nueva realidad, el Supremo ha seguido dictando sentencias en torno a los clubes cannábicos. Lo más llamativo es que, después de la dura sentencia contra Pannagh, nadie más ha vuelto a ser condenado como responsable de un club. Es como si el aviso a navegantes ya estuviera dado y no quisieran hacer más sangre. Se utiliza el argumento del error de prohibición (es decir, la posibilidad de que los encausados no supieran que lo que hacían era delito, debido a la ambigüedad legal) para absolver, como en el caso del club La María de Gracia, o para devolver el caso a la Audiencia Provincial y que se dicte una nueva sentencia, como ha sucedido con el club La Línea Verde.

La sentencia sobre La María de Gracia fue dictada por una Sala del Tribunal Supremo formada mayoritariamente por magistrados que votaron contra la condena de Ebers. La división entre los jueces se hace así patente. De hecho, llama la atención que en algunas frases de las últimas sentencias hay afirmaciones que parecen estar dirigidas a dar apoyo a un posible recurso ante el Tribunal Constitucional. Es como si algunos jueces del Supremo no tuvieran las cosas claras y quisieran que alguien por encima de ellos se las aclare.

Lo pequeño es hermoso (y legal)

Mientras el Supremo seguía dictando nuevas sentencias sobre clubes cannábicos, las tres primeras de ellas (Ebers, Three Monkeys y Pannagh) ya estaban siendo aplicadas por los distintos tribunales de rango inferior. Y el resultado de esa aplicación muestra claramente dos tendencias diferenciadas: Duros castigos para grandes clubes usados como tapadera y retirada de la acusación en el caso de las asociaciones más pequeñas.

Entre los grandes clubes, el caso más sonado ha sido el de La Mesa Barcelona. La policía se incautó de unas 2.400 plantas de cannabis e intervino la asociación. Los fundadores, dos ciudadanos holandeses, fueron acusados de tráfico de drogas y asociación ilícita. Ningún socio acudió a declarar para exculpar a los directivos y este hecho, junto con otras circunstancias, llevaron a la Audiencia de Barcelona a condenarles a cinco años de cárcel a cada uno (en este caso, al ser más de dos años, tendrían que ingresar en prisión) por usar la asociación, que carecía de “actividad regular asociativa”, como “mera pantalla” para encubrir actividades de tráfico. En otras palabras, no basta con tener registrada una asociación, además hay que demostrar que funciona como tal.

En el extremo contrario tenemos asociaciones que, tras ser intervenidas, pueden seguir con sus actividades. En el País Vasco, la histórica Atxurra consiguió que se archivara un caso abierto en su contra al demostrar que eran una verdadera asociación, el reducido número de miembros y la proporción entre el número de socios y el de plantas cultivadas para ellos. En Galicia ha habido otro caso similar, al archivarse el caso abierto contra una asociación de 36 miembros, por entender que cabe dentro de la jurisprudencia del Supremo. También ha habido archivos similares en Valencia y Baleares.

Otro caso interesante es el de La Cannameña, de Extremadura, que fue intervenida al presentar sus estatutos en el registro y comprobarse que en ellos se habla abiertamente de cultivo de cannabis para socios. Tras la investigación por parte de la policía y de la fiscalía, se les ha permitido inscribirse y funcionar conforme a esos mismos estatutos, incluida la actividad de cultivo. En otras palabras, la fiscalía considera que cultivar cannabis en el marco de una asociación de unas pocas decenas de miembros es legal y les autoriza a seguir con sus actividades, sentando así un precedente histórico.

Se puede decir que el Tribunal Supremo ha cerrado una gran puerta pero, con intención o no, ha abierto a la vez otra más pequeña. Los grandes clubes con miles de socios y estructura comercial parecen condenados a desaparecer. Aún hay bastantes abiertos, pero parece que será cuestión de tiempo que cierren sus puertas a medida que la policía intervenga.

En el otro lado tenemos los pequeños cubes de carácter horizontal y participativo, precisamente los que más se aproximan a la idea original del club cannábico. Estos van a poder seguir adelante, aunque a corto plazo es muy probable que algunos sigan siendo molestados y presionados por la policía. Ahora bien, si la línea de interpretación abierta con Atxurra o La Canameña se consolida, los pequeños colectivos de cultivo tienen un futuro prometedor. Si consiguen que se les reconozca su derecho a cultivar, estarán blindados frente a posibles condenas futuras y se podrán seguir abriendo clubes cannábicos en España. No serán tan grandes ni tan chic como los clubes comerciales que surgieron entre 2010 y 2015, pero permitirán que miles de personas se autoabastezcan al margen del mercado negro. Se cumpliría así ese proverbio que dice que cuando una puerta se cierra, siempre se abre otra. Algunos tendrán que adelgazar bastante para poder cruzarla, pero eso es una buena noticia en un país donde el modelo delos CSC sufre obesidad mórbida.

Fuente original: Sensiseeds