Las Cortes de Drogas
Los alcances y retos de una alternativa a la prisión
Mayo de 2012
En los últimos años, con el aumento de la población carcelaria y el consecuente hacinamiento, así como con el emergente acuerdo sobre lo inadecuado que resulta usar el derecho penal como la primera alternativa para enfrentar el problema de las drogas, se han venido impulsando alternativas a la privación de la libertad, entre las que se destacan las Cortes de Drogas –CdeD-. Estas, más que una institución, son un modelo que tiende a implementarse con múltiples variaciones. Originalmente desarrollado en Estados Unidos, ha sido implementado en varios países alrededor del mundo, con resultados diversos.
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Su propósito fundamental es constituir una alternativa al encarcelamiento, contribuyendo por esta vía a reducir el hacinamiento, la criminalidad y la reincidencia. Se fundamenta en la idea de que al evitar que las personas vayan a la cárcel por delitos relacionados con usos problemáticos de drogas, se reduce su exposición a redes criminales. Además, al brindárseles un tratamiento, sumado a otros servicios sociales, dichas personas tendrían mejores herramientas para evitar la reincidencia y alcanzar la reintegración social.
El modelo se fundamenta en cuatro elementos básicos. Primero, la persona que debería perder su libertad por haber cometido un delito, y que se acredite que consume drogas, se convierte en beneficiaria de una suspensión del procedimiento penal o de la pena. Segundo, a dicha persona se le ofrece un tratamiento y en ocasiones otros servicios sociales. Tercero, el tratamiento es establecido y supervisado por un juez o tribunal que se encarga de hacer seguimiento al cumplimiento de las condiciones impuestas, para lo cual se llevan a cabo pruebas periódicas para determinar si ha consumido drogas, así como audiencias de control.Cuarto, en caso de que se incumplan las condiciones impuestas por la CdeD, se imponen sanciones que pueden llevar incluso a la exclusión del programa. El cumplimiento, en contraste, llevaría a la adjudicación de premios y en caso de tener éxito con el tratamiento, la pena podría ser reducida significativamente o levantada.
A pesar de sus propósitos, la forma como se ha implementado en varios países muestra que el modelo tiene serias limitaciones. Así, la forma como se han desarrollado las CdeD, en especial en Estados Unidos, ha mostrado que éstas, al asumir un modelo judicial, tienden a reproducir la selectividad propia del derecho penal y terminan por relegar el enfoque de salud pública que debería inspirarlas. En algunos casos incluso pueden aumentar la presión sobre el sistema penal, en especial porque pueden contribuir al incremento de los arrestos. Además, cuando se implementan sin presupuesto y recursos suficientes, y sin una estructura fuerte y consistente para garantizar el acceso a un tratamiento adecuado y basado en evidencia empírica, las CdeD tienden a fracasar en el cumplimiento de sus propósitos.
En un momento de auge de las CdeD, en el que se impulsa su implementación masiva en Latinoamérica, es fundamental tomar en consideración los límites del modelo, así como los retos específicos que enfrentaría su desarrollo en los contextos particulares de los países de la región.
Este documento destaca que las CdeD son un modelo interesante, por el hecho mismo de constituir una alternativa a la privación de la libertad por delitos relacionados con drogas, sin embargo, reconoce también que tiene serias limitaciones que cuestionan su conveniencia. Por ello, aunque aparentemente algunas CdeD han tenido buenos resultados en términos de reincidencia y costos, los gruesos problemas que tiene el modelo, tanto teóricos como prácticos, sugerirían en su conjunto que resulta más adecuado para los países de América Latina explorar otras alternativas a la privación de la libertad y, en todo caso, adoptar un conjunto amplio de reformas que permitan que haya una oferta amplia y accesible a tratamientos científicamente fundados, que permitan enfrentar los problemas derivados del consumo problemático de drogas sin reproducir los problemas del modelo prohibicionista-abstencionista clásico.