Uruguay
Panorama de las leyes y políticas de drogas en Uruguay
En los últimos años se han producido cambios importantes en las leyes de drogas de algunos países latinoamericanos. Muchos de estos países se han pronunciado también internacionalmente a favor de alternativas efectivas a la actual política de drogas. En el continente se respira un ambiente de cambio. Esta página de preguntas y respuestas sobre el Uruguay muestra los diferentes desarrollos del país en estas materias.
- ¿Cuál es la tendencia en materia de leyes de drogas en el Uruguay?
- ¿Cuáles son las leyes de drogas vigentes en el Uruguay?
- ¿Qué propuestas de reforma y reformas a las leyes de drogas se han producido recientemente en el país?
- ¿Cómo han impactado las leyes de drogas la situación carcelaria del país?
- ¿Qué dice la ley sobre el consumo? ¿Es un delito consumir drogas en el país?
- ¿Cómo define la ley la atención a usuarios problemáticos de drogas? ¿Garantiza la ley el respeto de sus derechos?
- ¿Cómo se posiciona Uruguay en el debate internacional sobre políticas de drogas? - Uruguay y la JIFE
- ¿Qué rol ha jugado la sociedad civil en el debate sobre las drogas?
- Importantes documentos legislativos y de políticas de drogas del Uruguay
Para las últimas noticias sobre la reforma de la legislación sobre drogas en Uruguay haga clic aquí. Véase también el sitio web de la Junta Nacional de Drogas (JND) y la sección sobre Regulación controlada del mercado de marihuana.
1. ¿Cuál es la tendencia en materia de leyes de drogas en el Uruguay?
Uruguay se ha caracterizado por un nivel de tolerancia social y por una política orientada a minimizar los riesgos y reducir los daños del consumo de drogas. El 20 de diciembre de 2013, después de haber sido previamente aprobado por las dos cámaras del Parlamento uruguayo el proyecto de ley para la regulación del cannabis, el presidente José Mujica promulgó la Ley 19.172 que regula la producción, el mercado y el consumo de cannabis, promoviendo al mismo tiempo la información, educación y prevención sobre el uso problemático de este producto. Uruguay se ha convertido así en el primer país del mundo en legalizar y regular esta sustancia.
"... la regulación de los mercados de drogas, como política alternativa a los esquemas prohibicionistas… ofrece herramientas a los Estados para ejercer prácticas de reducción de la oferta y la demanda más eficientes e integrales”. Senador Roberto Conde en su Informe en mayoría, discurso introductorio al debate del proyecto ley sobre el cannabis en el Senado, 10 de diciembre, 2013.
En general se puede decir que existe en el país un ambiente favorable hacia un debate abierto, no sólo en lo concerniente a una reforma de la legislación interna de drogas, sino también en lo concerniente a la política regional e internacional de drogas, y al cuestionamiento de la prohibición como un modelo fracasado. El consumo de sustancias controladas y la posesión para el consumo personal no son considerados como delito. El 31 de julio de 2013, la Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley Ejecutivo para regular la producción, comercialización y consumo de cannabis. El 10 de diciembre de 2013, la mayoría del Senado uruguayo votó a favor del proyecto de ley aprobado en julio por los diputados para regular el cannabis. El Estado controlará toda la cadena, desde la producción hasta el consumo. Luego de ser promulgada por el Ejecutivo, la Ley 19.172 entra en vigor en 2014.
2. ¿Cuáles son las leyes de drogas vigentes en el Uruguay?
La legislación vigente en Uruguay es la Ley 14.294 de 31 de octubre de 1974, modificada por la Ley 17.016 de 1998, y por la Ley 19.172 de diciembre de 2013. El artículo 2 de esta última ley establece que, “Sin perjuicio de lo dispuesto por el Decreto-Ley No. 14.294… el Estado asumirá el control de la regulación de las actividades de importación, exportación, plantación, cultivo, cosecha, producción, adquisición a cualquier título, almacenamiento, comercialización y distribución de cannabis y sus derivados, o cáñamo cuando correspondiere, a través de las instituciones a las cuales otorgue mandato legal…”. Así pues, a excepción del cannabis que cuenta ahora con su propia reglamentación, la ley permite el consumo de cualquier sustancia pero penaliza la posesión no destinada al consumo, y no establece un mecanismo legal para la obtención de las sustancias, ni establece cantidades máximas para uso personal las cuales se dejan a la discreción del juez.
La Ley 17.016 de 1998 sustituyó varias de las normas del Decreto Ley 14.294 de 1974 e incluyó cinco nuevos capítulos. Desde entonces se han promulgado leyes adicionales, a saber, la Ley 18.046 de 2006, que introdujo algunas reformas en relación con los bienes confiscados, y la legislación para el tema de lavado de dinero con la Ley 17.835 de 2004 y la Ley 18.494 de 2009. Tradicionalmente se ha entendido que el bien jurídico preservado por las figuras penales dispuestas en la legislación sobre estupefacientes es la ‘salud pública’ exclusivamente. Sin embargo, en virtud de la reforma que incluye las normas relativas al ‘lavado de dinero’, se agrega el ‘orden económico del Estado’ como bien jurídico protegido por esta legislación.
Inicialmente se hablaba sólo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, pero la Ley 17.016 incluyó también los ‘precursores químicos u otros productos químicos’. Con respecto a las sustancias estupefacientes y psicotrópicas, la legislación uruguaya ha optado por no definirlas y remitirse a las Listas contenidas en las Convenciones de 1961 y de 1971.
La nueva ley para la regulación del cannabis, Ley 19.172 de 2013 modifica el artículo 3 de la Ley 14.294 de 1974 en lo relacionado con la plantación, cultivo, cosecha, y comercialización del cannabis. “Tratándose específicamente de cannabis, las plantaciones o cultivos deberán ser autorizados previamente por el Instituto de Regulación y Control de Cannabis (IRCCA)”. Leer aquí el texto completo del “Título III Del Cannabis de la Ley 19.172 que modifica la normativa de estupefacientes.
El artículo 30 de la ley 14.294 establece que “el que, sin autorización legal, produjere de cualquier manera las materias primas o las sustancias, según los casos, capaces de producir dependencia psíquica o física (...) será castigado con pena de veinte meses de prisión a diez años de penitenciaría”. El artículo 6 de la nueva ley 19.172 que regula el cannabis modifica el mencionado artículo 30 así: “Quedará exento de responsabilidad el que produjere marihuana mediante la plantación, el cultivo y la cosecha de plantas de cannabis de efecto psicoactivo en los términos de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente ley”. (Ver el artículo 6 de la Ley 19.172) Esta disposición sigue siendo no obstante problemática respecto a los otros estupefacientes debido a que no considera el caso de quien realiza este tipo de conducta para consumo personal, lo que ha llevado a grandes problemas en la práctica judicial, donde el juez goza de libertad absoluta para formar su convicción. Para las otras sustancias, una aplicación irrestricta del artículo 30 de la ley 14.294 lleva al contrasentido de no penalizar a quien tiene en su poder una cantidad razonable porque la compró, pero sí penalizar a quien tiene en su poder una cantidad razonable porque la produjo; producción que, a su vez, es en este caso una conducta preparatoria de un consumo que no es penalizado.
El artículo 31 de la ley 14.294 que despenaliza a quien “tuviere en su poder una cantidad razonable, destinada exclusivamente a su consumo personal”, también fue modificado con la nueva regulación estableciendo para el caso del cannabis una cantidad de 40 gramos. La modificación establece también que “Asimismo, tampoco se verá alcanzado por lo dispuesto en el primer inciso del presente artículo el que en su hogar tuviere en su poder, fuere depositario, almacenare o poseyere la cosecha de hasta seis plantas de cannabis de efecto psicoactivo … , o se tratare de la cosecha correspondiente a los integrantes de un club de membresía…”. (Artículo 7, Ley 19.172)
Las penas de los delitos relacionados con drogas van de 12 a 20 meses de prisión como mínimo y de 4 a 18 años de penitenciaría como máximo. En este sentido, la modificación a la Ley 14.294 que se hizo en 1998 fue muy importante porque, hasta esa fecha, las penas mínimas no preveían el procesamiento sin prisión por estos delitos y tampoco el otorgamiento del beneficio de la libertad provisional. Ahora, en cambio, al ser los mínimos inferiores a 24 meses de penitenciaría, dichos delitos son excarcelables, pudiéndose dar el beneficio de la libertad provisional y dictaminar los procesamientos sin prisión.
3. ¿Qué propuestas de reforma y reformas a las leyes de drogas se han producido recientemente en el país?
Desde hace años diversos sectores políticos venían promoviendo una regulación del cannabis con el fin de separar el mercado de las sustancias suaves de los mercados de sustancias peligrosas, particularmente del paco, droga cuyo mercado y consumo conoció una expansión a comienzo de la década de 2000. Dentro de una perspectiva de salud, el objetivo ha sido desde el principio mantener al consumidor de cannabis alejado de sustancias más adictivas.
Para un seguimiento al debate sobre la legislación de drogas, en este documento encontrará detallados de manera cronológica importantes pronunciamientos, intentos de propuestas, y propuestas relacionadas con reformas de la ley en los últimos años.
31 de Julio, 2013 - La Cámara de Representantes aprobó el proyecto de regulación del cultivo y comercialización de la marihuana por 50 votos a favor (todos del Frente Amplio) y 46 en contra. Este es el texto del proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes.10 de diciembre, 2013 - Luego de un voto mayoritario, el Senado sancionó el proyecto de Ley que establece el “control y la regulación por parte del Estado de la importación, exportación, plantación, cultivo, cosecha, producción, adquisición, almacenamiento, comercialización, distribución y consumo de la marihuana”. El 20 de diciembre el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 19.172 que regula el mercado del cannabis. Uruguay pasa así a ser el primer país del mundo en regular el cannabis en todas sus fases.
23 de diciembre de 2013 – Senado aprobó el proyecto de ley sustitutivo Consorcio público sanitario para la atención inmediata de personas aafectadas por el uso problemático de drogas en situación de crisis. El proyecto está pendiente de votación en la Cámara de Representantes.
2 de mayo de 2014 - Uruguay dio a conocer el reglamento correspondiente a la ley de marihuana que permitirá la creación del primer mercado de cannabis totalmente regulado en el mundo. Este es el texto de Decreto reglamentario de la ley. Y estas son las condiciones para la habilitación de los clubes de membresía. Más información: Marihuana: registros y controles. Algunas reacciones en la prensa.
4. ¿Cómo han impactado las leyes de drogas la situación carcelaria del país?
Aunque el presupuesto del sistema nacional de ha sido reforzado en los últimos años y las condiciones de vida en los centros penitenciarios uruguayos no son tan graves como en otros países latinoamericanos, persiste en el país una situación de crisis carcelaria, dada la sobrepoblación de las cárceles y el estado de vulnerabilidad de la población en situación de pobreza. Dentro del total de personas que ingresan al sistema carcelario, ha aumentado notablemente el número de jóvenes pertenecientes a los rangos de ingreso más bajos, así como de miembros de otros sectores vulnerables de la sociedad.
Según lo encontró un estudio de 2010 de WOLA y el TNI, Sistemas sobrecargados, del total de la población carcelaria del país, el 11 por ciento estaba en la cárcel por delitos enmarcados en la ley de estupefacientes, registrándose también un aumento en la participación de las mujeres. En lo que se refiere a tráfico y venta de estupefacientes, el caso de las mujeres representa un 37,3% de las causas de procesamiento, mientras que en los hombres es un 8,3%. Aunque el porcentaje del número de presos (11%) privados de libertad por delitos relacionados con drogas es bajo frente a otros delitos asociados a la violación de la propiedad y la persona, no obstante de este total es alto el porcentaje de personas detenidas en operativos policiales con incautaciones de cantidades mínimas de sustancias. El 44% de los casos judiciales está constituido por personas detenidas con menos de 10 gramos de cannabis.
Este video de 2012 muestra el caso de Alicia Castilla (66 años) detenida durante tres meses por cultivar marihuana para su consumo personal por razones médicas. La nueva regulación para el cannabis evitará que se produzcan estos casos.
Según el estudio de 2012 de SERPAJ, Hacia una política de Estado en privación de libertad, los detenidos a la fecha por delitos relacionados con estupefacientes muestran el segundo porcentaje más alto (15.3%) con respecto a los otros delitos. (véase p. 113 del mencionado estudio). Y según el estudio, I Censo Nacional de Reclusos del Departamento de Sociología de la Universidad de la República, 2010, después del delito de rapiña (36,9% de los reclusos), después se encuentran “los delitos de Hurto (14.8%), Homicidio (12.6%) y Narcotráfico/estupefacientes/tráfico (10.4%)”.
5. ¿Qué dice la ley sobre el consumo? ¿Es un delito consumir drogas en el país?
No es un delito consumir drogas en el Uruguay. La ley permite el consumo de cualquier sustancia y no penaliza la tenencia para el consumo. Pero, a excepción del cannabis para el cual la ley 17.192 estableció una cantidad máxima de tenencia para consumo en 40 gramos, no existen cantidades específicas para las otras sustancias, dejándolo a la discreción de los jueces. La ley tampoco establece mecanismos legales para la obtención de las sustancias, a excepción del cannabis que se puede adquirir por medio del sistema del autocultivo, la compra en farmacias y el ministerio de Salud, y como miembro de un cub de cannabis.
En el estudio Respuestas estatales a los usuarios de sustancias psicoactivas en Uruguay: entre la alternativa y la profundización de la guerra contra las drogas (Gianella Bardazano, Colectivo de Estudios Drogas y Derecho CEDD, mayo de 2014) se expone la situación jurídica de los consumidores de sustancias psicoactivas en Uruguay, así como el impacto de prácticas institucionales que afectan a los consumidores de drogas ilegales en los ámbitos judicial, administrativo y sanitario.
6. ¿Cómo define la ley la atención a usuarios problemáticos de drogas? ¿Garantiza la ley el respeto de sus derechos?
El Senado uruguayo recientemente aprobó un proyecto de ley que define la respuesta del Estado antes situaciones de crisis en casos de usos problemáticos de drogas. El Senado aprobó el 23 de diciembre de 2013 la ley “Consorcio público sanitario para la atención inmediata de personas afectadas por el uso problemático de drogas en situación de crisis” que, entre otras cosas, permite la internación involuntaria de “usuarios problemáticos de drogas en situaciones de crisis que constituyan un riesgo para sí o para los demás”. El proyecto de ley tuvo un año y medio de debate en el parlamento, tiempo durante el cual el proyecto original sufrió varias adaptaciones. La propuesta inicial de la presidencia era la de aplicar un procedimiento de internación a quien fuera encontrado drogado en un espacio público. Por tratarse de un tema delicado, la internación involuntaria por su riesgo de contravenir los derechos humanos, las garantías para las personas sujetas a estas medidas son primordiales para evitar eventuales abusos. La nueva ley deroga el artículo 40 de la Ley 14.294 de 1974, que dice:
“El que fuere sorprendido consumiendo sustancias estupefacientes o usando indebidamente sicofármacos o en circunstancias que hagan presumir que acaba de hacerlo portando estupefacientes para su uso personal, deberá ser puesto a disposición del Juzgado Letrado de Instrucción de Turno, a fin de que éste ordene un examen del detenido por el médico de la Comisión Nacional de Lucha contra las Toxicomanías y por el médico forense, quienes deberán producir su informe dentro de las veinticuatro horas. Si del examen resultare tratarse de un drogadicto, el Juez impondrá el tratamiento en un establecimiento público o privado o en forma ambulatoria pero siempre sujeto a los controles médicos que establezca la referida Comisión Nacional”.
La aprobación de esta ley ha generado reacciones críticas por parte de diversas instancias de la sociedad civil que vigilan los derechos humanos, que piden precisiones en el texto de la ley, claridad del proceso e información más precisa según la cual se garantizan los derechos de los usuarios.
Varios organismos del Estado elaboraron un programa integral de atención y rehabilitación de adictos en los centros penitenciarios.
7. ¿Cómo se posiciona Uruguay en el debate internacional sobre políticas de drogas?
Uruguay ha sostenido en importantes foros internacionales - Comisión de Estupefacientes de la Naciones Unidas, CICAD, UNASUR, MERCOSUR, Mecanismo de Cooperación UE-ALC - una posición invariable: la necesidad, el derecho democrático a abrir un debate que permita trascender el actual modelo de la guerra contra las drogas. Uruguay es miembro de la Comisión de Estupefacientes de NNUU desde el año 2008, habiendo sido reelecto hasta el 2014. El prestigio de Uruguay está vinculado al hecho de ser uno de los Estados que ha librado una batalla política y diplomática por el vínculo estrecho entre fiscalización de drogas y derechos humanos; participación de la sociedad civil; ecuanimidad y equidad en el denominado principio de responsabilidad común y compartida, sobre la base de no estigmatizar a determinados países. A continuación algunos ejemplos de la posición de Uruguay en ámbitos multilaterales:
En la Sesión 51 de la CND en 2008, la delegación uruguaya presentó la Resolución L.16 sobre la debida integración entre los instrumentos de derechos humanos y la política de fiscalización de drogas. La iniciativa fue copatrocinada por Argentina, Bolivia, Suiza y la Unión Europea. Con esa propuesta Uruguay buscó un reconocimiento en el debate internacional sobre la incorporación de derechos humanos en la fiscalización de drogas, la reducción de daños – concepto que no es aceptado por algunos países - y la urgencia de realizar un debate democrático. El proyecto de resolución generó negociaciones difíciles y perdió mucha de su fuerza en la versión final adoptada (51/12).
En el Segmento de Alto Nivel de la Sesión 52 de la CND (2009) Uruguay parte de un enfoque integral para que las políticas de prevención y tratamiento a nivel mundial estén debidamente equilibradas con la reducción de la oferta, y para que las políticas criminales tengan un criterio de proporcionalidad para no penalizar a los consumidores y frenar la crisis penitenciaria que sufren muchos países, defendiendo el derecho a la salud y la inclusión de la reducción de daños como buena práctica y como enfoque de inclusión social. En su intervención en la sesión 53 en 2010, Uruguay reitera los principios subrayados en años anteriores, y en la sesión 54 correspondiente a 2011, precisa que, "Queremos alentar un debate democrático sin escamoteos y sin dogmatismos referido al sistema internacional de fiscalización, al respeto de los DDHH y al enfoque verdaderamente integral y adecuadamente equilibrado que todavía tenemos como desafío". Ese mismo año Uruguay hizo parte del grupo de países que impulsaron una resolución para el aumento de la participación de la sociedad civil en la lucha contra el problema mundial de la drogas. En su presentación ante la Sesión 55 de la CND, Julio Calzada volvió a reiterar el respeto a los DDHH y el reconocimiento del derecho de los pueblos andinos a la hoja de coca.
En julio de 2009, el entonces presidente Tabaré Vázquez expresó su intención de colaborar con Bolivia en su afán de cambiar el trato que dan los tratados internacionales de drogas a la hoja de coca, tal como lo reclamaba el Gobierno de Evo Morales.
En el periodo de sesiones 54 de la CND (marzo de 2011) Uruguay suscribió un proyecto de resolución a favor del aumento de la participación de la sociedad civil en la lucha contra el problema mundial de las drogas.
Uruguay expresó una actitud favorable a la necesidad de debatir un cambio de modelo en la pasada Cumbre de las Américas que se celebró en Cartagena, Colombia, en abril de 2012. Véase el Memorando: Cumbre de las Américas y Política Internacional de Drogas, marzo de 2012.
Abril de 2013 - I Encuentro de trabajo en materia de drogas - República Oriental del Uruguay y República de Colombia. El 18 y 19 de abril de 2013 se celebró en Montevideo la primera reunión de trabajo en materia de drogas entre los dos países. El Acta de la reunión se puede ver aquí.
En su discurso ante la 43 Asamblea General de la OEA, 4-6 de junio de 2013 en Guatemala, el jefe de la delegación uruguaya reiteró el apoyo de su país a la apertura de un diálogo político sobre las drogas y se refirió particularmente al tema de la reforma del cannabis que emprende su país diciendo que, "tenemos antecedentes y autoridad moral en la materia, para que se comprenda que en forma soberana, nuestro Gobierno tiene la iniciativa de regular responsablemente el mercado de cannabis...".
El secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, respaldó la iniciativa uruguaya de legalizar el cannabis.
En el marco de la próxima CND que tiene lugar en Viena en marzo de 2014, Diego Canepa, presidente de la Junta Nacional de Drogas de Uruguay dijo que, "Hoy más que nunca necesitamos del liderazgo y el coraje que nos permita discutir en la comunidad internacional si es necesario la revisión y la actualización de los instrumentos internacionales que nos hemos dado en los últimos 50 años". Este es el discurso de Diego Canepa como parte de la delegación uruguaya en Viena.
Esta es la intervención del Jefe de Delegación de Uruguay al 57 periodo de sesiones de la CND (2014) en la cual una vez más el país reitera los argumentos de DDHH que guían su política de drogas.
La Misión permanente del Uruguay ante la Organización de Estados Americanos OEA presentó el 16 de abril de 2014 el Proyecto de Resolución La promoción y protección de los derechos humanos en la búsqueda de nuevos enfoques y soluciones efectivas al problema mundial de las drogas en las Américas.
Intervención del Embajador Milton Romani Gerner Representante de Uruguay en la OEA en el marco del Diálogo con la Sociedad Civil de la 44 Asamblea General de la OEA Asuncion. [A partir del min 7'15 de este video el embajador Romani se refiere a la instrumentación del mercado regulado del cannabis en su país].
Intervención del Jefe de la Delegación de Uruguay, Lic. Milton Romani Gerner, en el Segmento de Alto Nivel - 58 Comisión de Estupefacientes, Viena - Marzo del 2015.
Respecto a los impactos del problema mundial de las drogas en el ejercicio de los derechos humanos, Uruguay presentó en mayo de 2015 una contribución a la implementación de la resolución “Contribución del Consejo de Derechos Humanos a la Sesión Especial de la Asamblea de la ONU sobre el Problema Mundial de las Drogas 2016”
Uruguay y la JIFE
La decisión de Uruguay de optar por un mercado regulado doméstico de marihuana ha tenido un tremendo impacto mediático de nivel internacional. Muchos ojos de todo el mundo se dirigen ahora hacia el pequeño país suramericano que ha tenido la osadía de romper el tabú sobre la marihuana. La propuesta de Uruguay se ha convertido en un gran paso histórico que muchos actores en todo el mundo esperaban para comenzar a salir de estancamiento de las políticas de drogas. Como lo dijera el presidente Mujica, "Alguien tiene que ser el primero”. La decisión de Uruguay de optar por un mercado regulado doméstico de marihuana entró en tensión con el sistema de control de drogas de la ONU. Como lo señalaran expertos de Wola y el TNI, "El presidente de la JIFE, Raymond Yans, de Bélgica, no perdió tiempo en denunciar a Uruguay. Durante la sesión de la Asamblea General de la ONU en Nueva York, el pasado 26 de junio... Yans también profirió una amenaza apenas velada respecto a que la decisión de Uruguay de dar paso a un mercado regulado de marihuana podría poner en riesgo el acceso de este país a medicinas esenciales. Sin duda, tales ataques han tenido la intención de aislar y estigmatizar a Uruguay, y de desanimar a cualquier otro gobierno de alzar su voz en defensa de Uruguay o de emprender un camino similar". El 19 de noviembre de 2013, la JIFE publicó este comunicado de prensa expresando su preocupación por la ley uruguaya para el cannabis.
Los ataques del Señor Yans contra Uruguay se intensificaron el diciembre de 2013 después de que se conociera el resultado de la votación del Senado dando luz verde a la ley que regula el mercado del cannabis en el país. El presidente de la JIFE dijo que “la legalización de la marihuana en Uruguay es una actitud de piratas”. A lo cual el embajador uruguayo ante la OEA, Milton Romani, respondió que “la posición del presidente de la JIFE no es la del organismo”. También el presidente Mujica reaccionó fuertemente ante las declaraciones del Señor Yans. Para mayor claridad sobre las diferencias entre el organismo de la ONU y el Uruguay recomendamos la lectura de, La JIFE contra Uruguay, el arte de la diplomacia.
A comienzos de febrero de 2014 una delegción uruguaya se reunió con la JIFE en Viena para explicar los alcances de la nueva ley. En este documento del Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay, Luis Porto, subsecretario de este Ministerio presenta las consideraciones "de la filosofía que inspira la política seguida, la relación entre la JIFE y el Uruguay en los últimos meses y respecto a la ley 19.172 recientemente promulgada".
8. ¿Qué rol ha jugado la sociedad civil en el debate sobre las drogas?
Regulación Responsable, una plataforma de ciudadanos, ciudadanas y organizaciones sociales que apoyaron desde el principio la iniciativa de regulación de la marihuana en el Uruguay, ha desplegado una gran actividad en cuanto a difusión de información sobre los beneficios sociales, salud, y económicos de la regulación. Líderes de opinión, referentes de la cultura, de la academia, de la salud, del derecho y personas de los más diversos ámbitos hacen parte de esta iniciativa. Fernando Henrique Cardoso, expresidente de Brasil y actual director ejecutivo de la Comisión Global sobre políticas de drogas, adhirió públicamente a esta plataforma.
En julio de 2013, un poco antes de la votación en la Cámara de Diputados para decidir sobre el proyecto de ley que regula el cannabis, más de cien organizaciones mundiales de la sociedad civil dieron su apoyo al proyecto a través de una carta abierta.
Luego de aprobada la ley del cannabis, los cultivadores crearon la Federación Nacional de Cannabicultores del Uruguay, que agrupará a cultivadores de marihuana en general. Podrán hacer parte de ésta las personas que opten por el autocultivo domiciliario, quienes quieran formar clubes de membresía, o los interesados en cultivar para la venta en farmacias.
Comunicado de la organización Proderechos tras la publicación del Decreto que reglamenta la ley de mercado regulado de cannabis a partir del 6 de mayo de 2014.
9. Importantes documentos legislativos y de políticas de drogas del Uruguay
Documentos oficiales legislativos y gubernamentales en general
- Ponencia: Avances en el monitoreo y evaluación de la ley de regulación y control del mercado de marihuana en Uruguay (PDF) - Luis Yarzábal, MD. Septiembre de 2014
- Estrategia nacional de drogas para el abordaje del problema de las drogas 2011 – 2015; Junta Nacional de Drogas, Presidencia de la República
- Proyecto de Ley sancionado por el parlamento uruguayo
- Informe en mayoría. Discurso del senador Roberto Conde para la apertura del debate en el Senado el 10 de diciembre de 2013
- Ley 14.294 de 1974
- Ley 17.016 de 1998
- Ley 19.172 del 20 de diciembre de 2013
- Comisión de la Salud, Cámara de Senadores (Poder Legislativo) – Sobre proyecto de ley referente a “Marihuana y sus Derivados. Control y regulación del Estado de la importación, exportación, plantación, cultivo, cosecha, producción, adquisición, almacenamiento, comercialización y distribución”, Carpeta Nº 1288/2013
- Decreto reglamentario de ley del mercado regulado de cannabis
Estudios, encuestas y otros
- Informe especial de la televisión uruguaya (Teledoce) sobre la marihuana - 30 de marzo, 2015
- Detalles de la reglamentación secundaria de la regulación legal de marihuana en Uruguay - 11 de mayo, 2014
- Infográfico: ¿cómo funcionará la regulación del cannabis en Uruguay? - Transnational Institute (TNI), 10 de diciembre, 2013
- Infográfico: ¿por qué Uruguay regula y no criminaliza el cannabis? – Transnational Institute TNI, 10 de diciembre, 2013
- Encuesta de opinión sobre el cannabis, Equipos MORI, Julio 2013
- Un siglo de políticas de drogas del Uruguay. Por: Guillermo Garat, Friedrich Ebert Stiftung FES, Abril de 2013
- 5ta Encuesta nacional sobre consumo de drogas en estudiantes de enseñanza media – Informe de investigación, Junta Nacional de Drogas y Observatorio Uruguayo de Drogas. Octubre de 2012
- Hacia una política de Estado en privación de libertad. Diálogo, Recomendaciones y Propuestas – SERPAJ – Ana Juanche y Javier Palummo (coordinadores) – Agosto de 2012
- Consumo de drogas: datos epidemiológicos – Junta Nacional de Drogas, Junio de 2012
- Los de atrás vienen conmigo. El problema de las drogas en América Latina: derecho al desarrollo y regulación de mercados – Washington Office on Latin America WOLA, Por: Embajador Milton Romani, Abril de 2012
- Aportes del análisis económico al estudio de las drogas – Departamento de Economía, Universidad de la República, Uruguay. Por: Carlos Casacuberta, Mariana Gerstenblüth y Patricia Triunfo. Enero de 2012
- Abordaje del uso problemático de drogas en varones privados de libertad. UN MODELO POSIBLE - Junta Nacional de Drogas, Diciembre de 2011
- Abordaje del uso problemático de drogas en mujeres privadas de libertad. Un modelo posible - Junta Nacional de Drogas, Noviembre de 2011
- Cárceles y Drogas en Uruguay – TNI/WOLA Sistemas sobrecargados. Leyes de drogas y cárceles en América Latina. Por: Giorgina Garibotto. Diciembre de 2010
- Detalles de la reglamentación secundaria de la regulación legal de marihuana en Uruguay - Geoffrey Ramsey, mayo de 2014
- En busca de los derechos: Usuarios de drogas y las respuestas estatales de América Latina , El Colectivo de Estudios Drogas y Derecho (CEDD), Mayo 2014
- Respuestas estatales a los usuarios de sustancias psicoactivas en Uruguay: entre la alternativa y la profundización de la guerra contra las drogas , Gianella Bardazano, CEDD mayo de 2014
Para las últimas noticias sobre la reforma de la legislación sobre drogas en Uruguay haga clic aquí. Véase también el sitio web de la Junta Nacional de Drogas (JND) y la sección sobre Regulación controlada del mercado de marihuana.